![]() |
FUENTE: biobiochile.cl |
Este
sábado el Servicio Electoral de Chile (Servel) publicó las nóminas con los
vocales de mesas, delegados, miembros y secretarios de los Colegios
Escrutadores para participar en el proceso de Elecciones Primarias.
Las
personas designadas para estos roles recibirán una carta certificada, sin
embargo, la información también está disponible vía internet, donde los
ciudadanos puedes revisar los datos.
Quienes
resulten convocados recibirán 2/3 UF (unos 17.500 pesos) como retribución,
mientras que los asesores de delegados recibirán 1/2 UF (cerca de 13.300
pesos). En tanto, quienes sean vocales por primera vez, podrán participar de
una capacitación, lo que aumentará el beneficio en 0,22 UF.
Además,
con el debut del voto en el extranjero, se designarán vocales entre quienes se
inscribieron fuera del país.
Para
conocer si eres vocal de mesa, debes ingresar en este sitio.
Existen
excusas para no ser vocal de mesa, las que deben ser presentadas hasta el
miércoles 14 de junio ante las Juntas Electorales. El sábado 17 de junio se
entregará la nómina final con los reemplazantes.
Excusas
Las
excusas deberán ser formuladas por escrito ante el Secretario de la Junta
Electoral respectiva y podrán fundarse exclusivamente en:
– Estar
el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el
artículo 40, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
– Estar
ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros
o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta.
– Tener
que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras
funciones que encomiende esta ley.
– Tener
más de 70 años de edad.
– Estar
física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que
deberá ser acreditada con certificado de un médico.
–
Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que
funcionen las Mesas Receptoras, lo que deberá acreditarse mediante certificado
del Director del respectivo establecimiento de salud.
– Estar
la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas
previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, circunstancia
que deberá acreditarse mediante certificado médico, o con la documentación que
acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del
Código del Trabajo.
Multas
Las
personas designadas como vocales de mesa que no concurran a desempeñar sus
funciones, serán denunciadas por la Junta Electoral que los designó, y podrán
ser sancionadas con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 UTM, es
decir, aproximadamente entre $ 93.500 y $ 374.000, la que será aplicada por el
Juez de Policía Local competente.