Es una tradición en Chile que los trabajadores y
pensionados reciban aguinaldo para celebrar Fiestas Patrias.
No obstante, esto no significa que todos los
chilenos reciban el dinero extra durante septiembre. Su entrega varía
dependiendo de si la persona trabaja en el sector privado, público o si es
pensionado.
A continuación te contamos qué ocurre con el
aguinaldo para el “18″ en cada uno de estos casos:
Trabajadores
particulares
Quienes laboran en el sector privado recibirán
aguinaldo por FIestas Patrias sólo si la empresa o empleador quiere dárselo, ya
que no hay ninguna ley que obligue a las compañías a otorgarlo.
Pero ojo, porque si bien no es obligatorio por
ley, existe una excepción: si por varios años la empresa o empleador entregó un
aguinaldo de manera sostenida, pero este 2015 no dio el beneficio, los
funcionarios pueden exigir que se vuelva a entregar de la manera usual.
En caso de que tu empleador siempre haya dado
aguinaldo, pero este año decidió no hacerlo, puedes informarlo a la Inspección
del Trabajo para que ellos analicen la situación.
Cabe mencionar que este beneficio no siempre se
materializa como dinero. En lugar de efectivo, algunas empresas dan canastas
familiares, vales para comprar en tiendas o regalos similares.
Funcionarios
públicos
Todos los empleados del sector público tienen
derecho a recibir aguinaldo para el 18 de septiembre, ya que está establecido
por ley.
El monto que se repartirá este año fue determinado
a finales de 2014, cuando los funcionarios acordaron con el Gobierno el
reajuste y los bonos a entregarse durante todo el 2015.
Según indica la Ley 20.799, que salió como fruto
de esas negociaciones, recibirán dinero extra este mes “los trabajadores que,
al 31 de agosto del año 2015, desempeñen cargos de planta o a contrata” en
entidades públicas.
“El monto del aguinaldo será de $63.600 para los
trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en agosto
de 2015, sea igual o inferior a $660.000, y de $44.149 para aquellos cuya
remuneración líquida supere tal cantidad”, indica la legislación.
Fuente: BioBioChile
